¿Que licencias establece la ley laboral?
El trabajador gozará de las siguientes licencias:
a) Vacaciones: El empleador está obligado a otorgarle al trabajador un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por un plazo proporcional a la antigüedad del trabajador.
b) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos.
c) Por matrimonio, diez (10) días corridos.
d) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, de hijo o de padres, tres (3) días corridos.
e) Por fallecimiento de hermano, un (1) día.
f) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.


